Puestos de Bolsa

La Ley 23 del 15 de julio de 1997, en su artículo 188, define los Puestos de Bolsa como personas jurídicas beneficiarias de una concesión, otorgada por la bolsa de productos, para realizar las actividades de intermediación bursátil y que actuarán dentro de las bolsas de productos únicamente a través de las personas naturales que posean licencia como Corredores de Bolsa de productos.

Dada la importancia de la figura del Puesto de Bolsa de las actividades que se desarrollan en la bolsa y en función de esto la Ley ordena que: "los concesionarios deberán cumplir y mantener los márgenes de solvencia patrimonial y liquidez que establezcan las bolsas de productos que se trate", BAISA ha establecido como una de las garantías fundamentales para optar por un Puesto, representar el total de acciones que determine la Junta Directiva ya sea individual o conjuntamente.

Por otra parte los Puestos que operan en BAISA, depositarán en la Cámara de Compensación un certificado de depósito a plazo fijo bancario o la fianza de una entidad aceptable a la Bolsa , a la orden de ésta, o bien un aval bancario incondicional, ejecutable total o parcialmente, a la vista, ante el simple pedido escrito de la Bolsa, en concepto de garantía general de cumplimiento, por la suma que establezca la Junta Directiva.

Todas estas condiciones, sumadas a la seriedad y prestigio de los accionistas, quienes deberán organizar los Puestos del Bolsa, indican que las operaciones que se realicen en BAISA gozarán del mayor respaldo profesional y técnico, así como de la mayor seguridad del cumplimiento de los términos pactados. Asimismo, la experiencia acumulada en el comercio, la producción y las finanzas se ponen al servicio de sus clientes, tanto para operaciones dentro del mercado local como para el manejo de exportaciones e importaciones.

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