ESPECIFICACIONES DEL INSTRUCTIVO OPERATIVO DEL CONTINGENTE ARANCELARIO ORDINARIO DE CARNE DE CERDO
(MATERIA PRIMA)

 

DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO
Aquellas carne de cerdo cuya importación ha sido debidamente autorizada por la Comisión de Licencias de Contingentes Arancelarios.

PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS EN FIRME
Las ofertas en firme de compra, así como las de transacciones cruzadas o acordadas a BAISA deben ser presentadas con una anticipación de por lo menos veinticuatro (24) horas a la hora oficial de inicio de una Rueda de Negociación, en el formato autorizado por la Bolsa para dicho fin.

UNIDAD DE NEGOCIACIÓN
La unidad de negociación es el lote, cuyo tamaño y características de comercialización, entrega y/o transporte corresponderá a lo dispuesto en la convocatoria efectuada por la Comisión, con la finalidad de facilitar su negociación.

NOMINACIÓN Y TAMAÑO DE LAS PUJAS Y REPUJAS
La diferencia entre los precios ofertados a través de las pujas y repujas, tanto en las subastas de compradores como de vendedores, no podrán ser inferiores a medio centésimo de balboa (B/. 0.005) por unidad de medida. La unidad de medida será el kilogramo.

NEGOCIACIÓN
A partir de las fechas establecidas en las Convocatorias publicadas por la Comisión, y salvo que en cualquier momento se dé notificación previa en sentido contrario, las ruedas de negociación de los contingentes ordinarios de carne de cerdo considerados como materias prima tendrán lugar en el horario de 2:30 p.m. a 5:00 p.m., los días martes, miércoles y jueves de cada semana, siempre y cuando en el día anterior a cada rueda se hayan recibido una o más ofertas en firme de compra.
Antes del inicio de la Rueda, el Director del Corro anotará en la pizarra, en el mismo orden en que aparecen en el Boletín, todas las operaciones cruzadas y acordadas, así como las ofertas en firme abiertas de compra y decretará un periodo de 15 minutos para que los Puestos acuerden operaciones en base a las que están abiertas.
Terminado el periodo de concertación de nuevas operaciones, el Director del Corro iniciará el pregón de las operaciones en el mismo orden que aparecen anotadas en la pizarra. Las ofertas que no obtengan concertación, serán borradas de la pizarra y desechadas. El Director del Corro leerá todas las condiciones establecidas en la operación que se subasta e inmediatamente abrirá el periodo de pujas y repujas. En caso de que transcurran veinte segundos sin que el Director del Corro escuche y reconozca una puja, procederá a cerrar el periodo de pujas con el vendedor que ofreció el precio menor.

FORMALIZACIÓN
Las negociaciones deberán formalizarse mediante la confección de las minutas de operación y a continuación el registro de los contratos de operación. Tanto los compradores como los vendedores dispondrán de tres (3) días hábiles a partir de la hora en que fue cerrada la negociación para formalizar y suscribir el contrato de compraventa.
La Bolsa, una vez reciba el pago de las comisiones originadas por cada transacción, procederá a emitir una certificación provisional a favor del mandante que efectúo la compra.

LIQUIDACIÓN
1. Depósito de la totalidad del importe de la compra en la cuenta BAISA-NEGOCIACIÓN, a más tardar tres (3) días hábiles antes de la fecha establecida en el contrato de operación para el pago de la mercadería.
2. Cartas de crédito.
3. Transferencias bancarias.
4. U otros instrumentos de pago bancarios similares.
5. Cualquier otra forma de pago que arreglen las partes.


PROCEDIMIENTO DE ENTREGA
El plazo máximo de entrega a favor del comprador de los productos objeto del instructivo no podrá exceder el plazo establecido para tal efecto por la Comisión de Licencias de Contingentes Arancelarios.
Los compradores a cuyo nombre se expedirán las licencias de importación, quedarán en la obligación de entregar copia de liquidación de aduanas y del recibo de pago del impuesto de importación correspondiente al puesto de Bolsa que lo representó, a más tardar treinta (30) días de realizada la importación, El puesto de Bolsa una vez reciba esta documentación de su mandante, informará a la Bolsa en un plazo no mayor de una semana a partir de la fecha de su recepción, para que BAISA proceda a la liquidación final del contrato de operación.